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¿Que debo hacer una vez me compre el dron?

Requisitos mínimos para volar cualquier dron a partir del 31 de diciembre de 2020

Desde el 31 de diciembre de 2020 es de aplicación la normativa europea de UAS (drones). Esta norma afecta a todos los drones independientemente de su uso* (recreativo o profesional) o tamaño/peso. En este apartado se recopilan las obligaciones mínimas a cumplir antes de volar cualquier dron:

    • Registro como operador: Todos los usuarios que pretendan volar un dron** deberán registrarse como operadores en la sede electrónica de AESA y obtener el número de operador según la normativa europea (enlace al trámite). Una vez obtenido el número de operador este debe incluirse en el dron de forma visible.
    • Formarse como piloto: Para volar un dron debes tener un mínimo de formación acreditable en función de la categoría operacional en la que se opere. La formación y examen de conocimientos para poder operar un dron en categoría abierta, subcategorías A1 y A3, es accesible a través de la web de AESA (apartado de formación de pilotos UAS). La formación es telemática y gratuita y tras la superación del examen online AESA le expedirá un certificado.
    • Reglas de vuelo: El vuelo de drones está sujeto a reglas generales de operación condicionadas, entre otros, por el peso del dron, la presencia de otras personas y la cercanía a edificios. Puedes consultar las distintas categorías operacionales en el apartado “operaciones UAS/drones
    • Lugar del vuelo: Además de las reglas generales de operación de drones, existen limitaciones al vuelo de drones en ciertos lugares motivadas por diferentes razones: cercanía de aeródromos, zonas militares, protección de infraestructuras críticas, protección medioambiental, etc. Consulta el apartado “Vuelo con UAS/drones” para conocer los requisitos de vuelo en las distintas zonas de España.

*Excepto actividades no EASA (Lucha contra incendios, búsqueda y salvamento, policía, aduanas, etc.)

** Salvo las excepciones que se indican en el apartado "operaciones categoría abierta" o si te han contratado como piloto a distancia o vuelas para otra persona, en cuyo caso quien debe registrarse es la organización operadora del dron.

Identifica a qué clase pertenece tu dron y pulsa en la categoría a la cual pertenece para leer la información.

Modelo Clase Enlace
Tello C0 Ver información
DJI Spark C0 Ver información
Mavic Mini C0 Ver información
DJI Mini 2 C0 Ver información
Mavic Air C1 Ver información
Mavic Air 2 C1 Ver información
Mavic Pro C2 Ver información
Mavic Pro Platinium C2 Ver información
Mavic 2 Pro/Zoom C2 Ver información
Phantom 4 Pro C2 Ver información
DJI Inspire C3 Ver información
DJI Inspire 2 C3 Ver información

 
¿Dónde puedo volar mi drone?

 
Además de las reglas generales de operación de drones, existen limitaciones al vuelo de drones en ciertos lugares motivadas por diferentes razones: cercanía de aeródromos, zonas militares, protección de infraestructuras críticas, protección medioambiental, etc. Consulta el enlace del "apartado Vuelo con UAS/drones” para conocer los requisitos de vuelo en las distintas zonas de España. Así mismo, puedes usar la aplicación ENAIRE donde se visualiza un mapa de la península para saber en qué zonas y en cuáles no está permitido el volar drones, (tanto a nivel de aficionado, vuelo recreacional o vuelo profesional).

Ante la duda, puedes dirigirte a las autoridades gubernamentales o al organismo competente de tu Comunidad Autónoma, donde al margen de la normativa vigente, es posible que se aplique otra específica (por ejemplo, volar drones recreativos está completamente prohibido en el cielo de algunas grandes ciudades donde suele recomendarse el vuelo en aeródromos) o sea necesario obtener un permiso de vuelo específico.

Reglas de vuelo: El vuelo de drones está sujeto a reglas generales de operación condicionadas, entre otros, por el peso del dron, la presencia de otras personas y la cercanía a edificios. Puedes consultar las distintas categorías operacionales en el enlace del "apartado operaciones UAS/drones


Normativa comunitaria sobre operaciones con drones / UAS: Conócela a fondo aquí.

A partir del 31 de diciembre de 2020 se comienza a aplicar la nueva normativa comunitaria europea de drones. La aplicación de la nueva legislación se llevará a cabo de forma progresiva.

Si tienes cualquier duda o deseas formular cualquier consulta especifica, puedes contactar directamente con AESA a través de esta dirección: drones.aesa@seguridadaerea.es

Este texto es meramente informativo. Para más información diríjase a la página oficial de AESA en el siguiente enlace: https://www.seguridadaerea.gob.es

Fuente: AESA

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